A pesar de los temores de Sony, finalmente no han sido ni Activision Blizzard ni Microsoft las compañías demandadas por una presunta vulneración de las normas de la competencia, sino ella misma. Tal y como os comentamos, la demanda contra Sony, por una presunta vulneración de las normas de la competencia británica y europea, ya se encuentra en marcha, con fecha para la primera audiencia pública prevista para el próximo 7 de junio. En concreto, la demanda colectiva entiende que existe una vulneración tanto del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea como del Competition Act 1998; normas aplicables al territorio británico dado que la supuesta infracción fue cometida antes de la entrada en vigor del Brexit.
“Será incompatible con el mercado interior y quedará prohibida, en la medida en que pueda afectar al comercio entre los Estados miembros, la explotación abusiva, por parte de una o más empresas, de una posición dominante en el mercado interior o en una parte sustancial del mismo.
Tales prácticas abusivas podrán consistir, particularmente, en:
a) imponer directa o indirectamente precios de compra, de venta u otras condiciones de transacción no equitativas;
b) limitar la producción, el mercado o el desarrollo técnico en perjuicio de los consumidores;
c) aplicar a terceros contratantes condiciones desiguales para prestaciones equivalentes, que ocasionen a éstos una desventaja competitiva;
d) subordinar la celebración de contratos a la aceptación, por los otros contratantes, de prestaciones suplementarias que, por su naturaleza o según los usos mercantiles, no guarden relación alguna con el objeto de dichos contratos”, dispone el artículo 102 del TFUE.
Monopolio en la venta de juegos y contenido vía PlayStation Store: así es el núcleo de la demanda contra Sony:
En particular, la demanda gira en torno al abuso perpetrado por la propia Sony del ecosistema de PlayStation, en lo referente a venta de juegos y contenido in-game de los mismos. En especial, los demandantes entienden que Sony ha introducido restricciones, tanto respecto a los términos y condiciones de sus juegos, como de los aspectos técnicos de los mismos, a través de su Store, por las siguientes razones:
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Sony no permite que existan otros sistemas operativos en PlayStation, ni aplicaciones third-party que puedan usar los usuarios para jugar.
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Los juegos digitales de PlaySation solo pueden ser vendidos y comprados a través de la PlayStation Store.
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Como consecuencia, el contenido asociado a dichos juegos tampoco puede venderse más allá de PlayStation Store.
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Las comisiones impuestas por Sony, en la venta de juegos y contenidos a través de PlayStation Store, se han fijado en un amplio 30%.
Esto provoca, según afirma la demanda, que distribuidoras y desarrolladoras que deseen vender sus juegos en PlayStation solo puedan hacerlo a través de PlayStation Store. Y que los consumidores solo puedan adquirir los productos a través del mismo bazar. Por tanto, existiría una clara vulneración del artículo 102 del TFUE, por cuanto Sony habría impuesto directa o indirectamente precios de compra, de venta u otras condiciones de transacción no equitativas, así como habría limitado la competencia, aplicando a terceros condiciones desiguales, provocándoles una tercera desventaja.
En caso de que la demanda prospere, el escándalo no solo salpicaría a Sony, sino por supuesto a la CMA y su polémica decisión. Recordemos que, al bloquear el acuerdo, la CMA ha impedido la posibilidad de que los juegos de Activision Blizzard lleguen a sistemas como Nvidia o Switch; es decir, impidiendo que los juegos se vendan en otros bazares. Además, la CMA sugirió en su informe que Microsoft no se adentrara en el mercado de móviles porque poco o nada tiene que hacer contra el monopolio de Google y Apple; posicionándose directamente en favor de esta práctica.